Liquidación de prestaciones sociales, una competencia más que resaltará en tu hoja de vida.
Tabla de contenido
No solo es productivo el que hace su trabajo en los mejores tiempos con resultados óptimos sino también el que sabe manejar variedad de temas.
Si eres de esas personas como yo que siempre quiere vivir actualizado con diferentes temas, aquí te dejo este post en el cual te enseño la forma correcta y legal de liquidar las prestaciones sociales.
Aplica para Colombia.
Sé que a todos alguna vez nos ha asaltado la duda de saber si nuestra liquidación de prestaciones sociales quedó bien hecha o si quedo con errores.
Y muchas veces acudimos a amigos o familiares para que nos haga nuevamente la liquidación y así tener la seguridad que todo está en orden.
De ahora en adelante tú mismo vas poder hacer tus propias liquidaciones, inclusive podrás elaborar la de cualquier empleado y tendrás la opción de cobrar o no por este servicio.
Presta mucha atención a esta guía y si después de leer todo, tienes dudas, solo déjamelas saber.
Antes de empezar vamos a ver que son las prestaciones sociales. Todavía hay tiempo.
Las prestaciones sociales son dineros adicionales al salario que todo empleador está obligado a pagar a sus empleados mediante un contrato de trabajo previamente establecido.
Representan un reconocimiento a su contribución por generar resultados económicos para la empresa.
Estas prestaciones son:
Prima de servicios, vacaciones, cesantías, e intereses a las cesantías.
Para que entiendas mejor la forma de liquidar estos dineros, vamos a trabajar con un ejemplo práctico durante todo el artículo.
El ejemplo es el siguiente:
Hoy 20 de junio de 2017 la empresa ABC acaba de prescindir de los servicios de Tobías Toro, el cual ingresó el 3 de marzo de 2015.
Tenía un salario de 1.375.000 y estaba bajo la modalidad de contrato indefinido.
Como su salario no superaba 2 salarios mínimos vigentes, entonces tiene derecho al subsidio de transporte, o sea $83.140
Ahora vamos a liquidar los días trabajados y para hacerlo anotamos las fechas de salida y de ingreso y realizamos una resta de la siguiente forma:
DIA | MES | AÑO | |
FECHA DE SALIDA | 20 | 06 | 2017 |
FECHA DE INGRESO | 03 | 03 | 2015 |
TOTAL | 17 | 03 | 0002 |
Convertimos todo a días y nos queda así:
17 días
03 meses X 30 días = 90
2 años X 360 días = 720
Total = 827 y siempre debemos sumarle 1 que equivale al último día.
Por lo tanto en este caso tendremos un total de: 828 días
Total días trabajados: 828
Prima de servicios
Es un dinero que recibe el empleado 2 veces en el año.
Cada pago equivale a 15 días de salario.
El primer pago se hace en el mes de junio con plazo para recibirlo hasta el 30 de junio, y el segundo se hace en diciembre con plazo hasta el 20 de diciembre.
Hay que tener en cuenta que si el empleado no trabaja el semestre completo, la prima de servicios debe liquidarse en forma proporcional de acuerdo al tiempo laborado.
Liquidación prima:
Base de liquidación: $1.458.140 (salario más transporte)
Hacemos el cálculo de los días laborados en el semestre:
Que equivale a 170 días desde el 1/1/2017 hasta el 20/6/2017
Fórmula para liquidar prima: días trabajados (del semestre) x salario/360 días
170 x 1.458.140/360 = $ 688.566
Prima de servicios para empleadas domésticas
Esta prima también aplica para conductores de familia y empleados de fincas, amas de llave y otros.
Si la empleada doméstica trabaja todos los días, el valor de la prima es el equivalente a 15 días laborales, como si estuviera en una empresa.
Si la empleada solo trabaja 1, 2 o 3 días a la semana, se debe liquidar proporcional al total de días trabajados durante el semestre.
Fórmula: valor del salario diario incluido el subsidio de transporte x 4.33 (número de semanas de un mes)/2
Vacaciones
Este pago equivale a 15 días hábiles por año laborado, y proporcional sino ha cumplido el año.
Para el ejemplo vamos a suponer que Tobías Toro aún no ha disfrutado su periodo de vacaciones.
El último periodo disfrutado fue hasta el 3 de marzo de 2016, lo que nos obliga a efectuar el pago desde esa fecha hasta la fecha del despido:
Que equivalen a 468 días
Fórmula para liquidar vacaciones: días trabajados x salario de 15 días/360
468 x 687.500/360 = $893.750
En las vacaciones no debes tener en cuenta el subsidio de transporte.
Cesantías
Es un valor que el empleador va consignando cada año en un fondo de ahorros previamente seleccionado por el empleado.
Este ahorro será destinado para suplir las necesidades cuando el empleado queda cesante, es decir cuando por alguna causa se quede sin trabajo.
Se liquida anualmente de enero 1 a diciembre 31 y equivale a un mes de salario por cada año trabajado, o proporcional si el tiempo es menor a un año.
En esta prestación se debe tener en cuenta que solo se puede entregar el dinero de acuerdo a normativas de legislación de cada país.
Si quieres consultar la legislación colombiana acerca de este tema solo sigue este enlace.
En Colombia, este dinero podrá ser entregado por 3 razones:
- Por terminación del contrato
- Para reforma o compra de vivienda
- Para estudio del empleador o su familia
Fórmula para liquidar cesantías: días trabajados x salario/360
Se aplica cada año con base en el salario respectivo y deben estar consignadas en el fondo de cesantías elegido por el trabajador.
Por lo tanto solo debemos liquidar las cesantías del presente año:
170 x 1.458.140/360 = $688.566
Intereses a las cesantías
Equivale al 12% por año sobre el valor de las cesantías liquidadas
Fórmula para liquidar intereses a las cesantías: días del año a liquidar x valor cesantías x 12% / 360
170 x 688.566 x 12% / 360 = $39.019
Indemnización por despido injustificado
El pago de indemnización por despido no justificado equivale a 30 días de salario por el primer año o fracción de este.
Y por cada año adicional se pagan 20 días de salario proporcional a los días laborados.
Entonces vamos a calcular cuánto le deben pagar a Tobías por este despido.
Por el primer año 30 días o sea $1.375.000
El segundo año 20 días o sea $916.666
Y por el tercer año también serían 20 días si lo hubiere trabajado completo, pero como solo trabajó 170 días, entonces por regla de 3 calculamos la proporción así:
360 días_____20 días
170 días_____X días X= 170 x 20 /360
X= 9.44 días
Entonces por el tercer año 9.44 días o sea $432.666
Sumamos y nos da el total de indemnización: $ 2.724.333
De todo corazón espero que siempre conserves tu empleo, pero si alguna vez te sucede algo similar a este ejemplo, existen otras alternativas de invertir tu tiempo cesante como:
Responder encuestas por internet o ser cliente misterioso.
Esto con el fin de mantener activo tu cerebro, sentirte productivo y recibir algunos pesos mientras te acomodas en otra empresa, o si decides trabajar por tu cuenta propia como freelance aquí te enseño como hacerlo.
Bonus
Para facilitarte la tarea he realizado una tabla en Excel que te ayudará a liquidar las prestaciones sociales de cualquier persona, solo debes llenar la información necesaria y como por arte de magia tú liquidación estará lista.
Debes tener precaución con los datos que introduces para no dañar la tabla.
No soy un experto en manejar Excel pero me defiendo, así es que si puedes perfeccionar la tabla bienvenido seas y te agradecería que me la enseñes.
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